Asunto: Propuesta de servicios jurídicos para la presentación de denuncia penal por los delitos de Injuria y Calumnia en contra del señor Carlos Alberto Gutiérrez Beleño.
Estimada Sally:
De conformidad con su amable solicitud, nos permitimos presentarle una propuesta de servicios jurídicos en relación con la asistencia que Marín Ortega Consultores Jurídicos puede prestarle para la proyección y presentación de una denuncia penal en contra del señor Carlos Alberto Gutiérrez Beleño, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.140.818.084, por la presunta comisión de los delitos de Injuria (Artículo 220 del Código Penal) y Calumnia (Artículo 221 del Código Penal), con fundamento en las manifestaciones deshonrosas y las imputaciones falsas de conductas delictivas realizadas por dicho señor en contra de usted y de la sociedad Sounds Good S.A.
Por medio de la presente propuesta confirmamos el interés y la intención de Marín Ortega Consultores Jurídicos S.A.S. (en adelante "MO" o la "Firma") en prestar sus servicios y en llevar a cabo las actividades que usted busca sean ejecutadas.
Igualmente, por medio de la presente, confirmamos que MO (i) no tiene conflicto de intereses con relación a los servicios que serían ejecutados y que están descritos en la presente propuesta de servicios, (ii) se compromete a mantener esta propuesta y su contenido bajo estricta confidencialidad, y (iii) cuenta con la experiencia y las capacidades para prestar los servicios solicitados.
Con base en la información y documentación compartida por usted, así como en la revisión de los mensajes de WhatsApp, correos electrónicos, publicaciones y demás evidencia documental relacionada con las manifestaciones realizadas por el señor Carlos Alberto Gutiérrez Beleño, el alcance de los servicios que puede prestarle Marín Ortega son los siguientes:
2.1. Proyección y presentación de denuncia penal por Injuria y Calumnia.
MO proyectará y presentará ante la Fiscalía General de la Nación, concretamente ante la Oficina de Asignaciones, una denuncia penal en contra del señor Carlos Alberto Gutiérrez Beleño por la presunta comisión de los delitos de Injuria (Art. 220 C.P.) y Calumnia (Art. 221 C.P.), derivados de las manifestaciones deshonrosas que ha realizado en contra de usted y de la sociedad Sounds Good S.A.
En concreto, la denuncia se fundamentará en que el señor Gutiérrez Beleño ha realizado, entre otras, las siguientes conductas: (i) manifestaciones injuriosas a través de mensajes de WhatsApp de contenido amenazante y deshonroso, (ii) publicaciones en redes sociales y plataformas digitales en las que afirma falsamente que Sounds Good S.A. "se robó información sensible" de su compañía Yellowseed, atribuyendo la comisión de conductas delictivas sin sustento probatorio alguno, y (iii) el incumplimiento deliberado del Acuerdo de Transacción suscrito el 8 de noviembre de 2025, cuya cláusula III.4 establece expresamente la obligación de las partes de abstenerse de difamar o pronunciarse negativamente respecto de los miembros de la otra parte.
2.2. Finalidad estratégica de la denuncia.
Resulta pertinente señalar que la finalidad principal de la interposición de la denuncia penal no radica en lograr una condena privativa de la libertad del señor Gutiérrez Beleño, sino en activar los mecanismos que el ordenamiento jurídico colombiano pone a disposición de las víctimas para que, a través de la acción penal, se disuada al denunciado de continuar con las conductas lesivas contra la honra y el buen nombre de nuestra cliente y de la sociedad Sounds Good S.A. La denuncia busca, fundamentalmente, que el señor Gutiérrez Beleño cese de manera inmediata y definitiva las manifestaciones deshonrosas y las imputaciones falsas que viene realizando.
A efectos de que usted cuente con un panorama claro sobre el trámite que seguirá la denuncia una vez radicada, nos permitimos explicar de manera general las etapas del proceso penal colombiano regulado por la Ley 906 de 2004:
Es importante resaltar que, conforme a la estrategia planteada, el objetivo primordial de la denuncia es generar la activación del aparato investigativo del Estado como mecanismo de presión legítimo para que el señor Gutiérrez Beleño desista de las conductas descritas. La sola formulación de imputación y el sometimiento a un proceso penal suelen ser suficientes para lograr este propósito.
El equipo de abogados estará conformado, principalmente, por las siguientes personas, las cuales serán dirigidas y coordinadas por Nicolás Marín Muñoz:
| Nombre | Cargo |
|---|---|
| Nicolás Marín Muñoz | Socio |
| Germán Andrés Ortega Ochoa | Socio |
| María Andrea Méndez | Asociada |
El valor de los honorarios de Marín Ortega Consultores Jurídicos por los servicios profesionales descritos en la presente propuesta será el siguiente:
Este valor comprende la proyección y presentación de la denuncia penal ante la Oficina de Asignaciones de la Fiscalía General de la Nación. La representación de víctima en etapas procesales posteriores a la presentación de la denuncia no se encuentra incluida en la presente propuesta y será objeto de una propuesta independiente en caso de ser requerida.
Todos los gastos en que incurra MO en desarrollo de los servicios profesionales objeto de la presente propuesta, incluyendo, sin limitarse a estos, pasajes aéreos, manutención, alojamiento, transporte, gastos notariales, obtención de copias documentales y gastos procesales (cuando a ello haya lugar), serán por cuenta y cargo exclusivamente del Cliente y serán facturados y reembolsados. Sin embargo, en los casos en que MO lo considere conveniente, bien por el monto del gasto o por cualquier otra circunstancia justificada, se podrá manejar bajo la modalidad de anticipos.
El ofrecimiento económico de la presente propuesta comprende todos los impuestos que son de cargo exclusivo de MO. Por consiguiente, los términos económicos de esta oferta no incluyen los impuestos que por expresa disposición legal puedan corresponder a los Clientes.
Por ello, ninguno de los montos señalados en esta propuesta por concepto de honorarios profesionales incluye el impuesto sobre las ventas (IVA). En consecuencia, es necesario agregar en cada caso el monto correspondiente a este tributo a la tarifa que se encuentre vigente en el momento de expedición de las facturas, que en la actualidad es de diecinueve por ciento (19%).
Tendremos el mayor gusto en aclarar cualquier duda que se pueda presentar o en contestar cualquier pregunta que pueda surgir en relación con la presente oferta. Agradecemos su consideración y esperamos trabajar con usted muy pronto.
Muy atentamente,
Marín Ortega Consultores Jurídicos S.A.S.
Nicolás Marín Muñoz
Socio Director
Germán Andrés Ortega Ochoa
Socio Director